Reproducimos el pronunciamiento de la Asociación Venezolana de Productores Cinematográficos y Audiovisuales con respecto a la prohibición de la película "El Inca".
El pasado jueves 15 de Diciembre, la comunidad cinematográfica se encontró con la noticia de que la película venezolana El Inca, dirigida por el realizador Ignacio Castillo Cottin, había sido retirada de la salas de cine tras una Medida Preventiva Innominada emitida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, previo Recurso de Amparo interpuesto por familiares directos del boxeador Edwin Valero, en cuya vida es basada la historia que narra dicho film.
Considerando lo grave de esta medida, y siendo Nathalie Sar-Sharlom (Productora del film), agremiada de nuestra asociación, nos comunicamos con ella para conocer de primera mano los detalles del caso.
Es así como el día de ayer, 16 de diciembre, se propició una reunión con los productores de El Inca y su abogado, en la que participaron también los demás gremios de la comunidad cinematográfica como ANAC, CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO, CAVEPROL, SOCIEDAD VENEZOLANA DE CINEMATOGRAFIA y SOCIEDAD CINEMATOGRÁFICA DE EDITORES DE VENEZUELA, con el objetivo de atender esta situación y así fijar de inmediato una posición ante lo sucedido.
Luego de escuchar los antecedentes del caso, las implicaciones legales que tiene por tratarse de una película basada en un personaje público como lo fue Edwin Valero desde AVEPCA consideramos que:
1. Conociendo las acciones jurídicas que consistieron no sólo en la suspensión de la exhibición de la película, sino el retiro de todo el material promocional, entrega inmediata del Master y copias ante el tribunal, así como el embargo de la recaudación de la taquilla obtenida hasta este momento.
2. Habiendo leído tanto el Recurso de Amparo interpuesto por los familiares de Edwin Valero como la Medida preventiva Innominada y sus alegatos para emitir tal sentencia.
Nos pronunciamos categóricamente en rechazo a tal medida, la cual atenta de manera peligrosa y arbitraria contra el principio fundamental de libertad de expresión establecido en la Constitución, señalando que la misma expresa solo tres causantes extremos para determinar una medida de censura de estas características: propaganda de guerra, discriminación racial, o de religión.
Consideramos que los alegatos expuestos para proceder a tal medida, carecen de consistencia argumental, y deja de manera muy vaga la interpretación de la naturaleza del Recurso de Amparo, como para tomar acciones de esta índole que conlleven a consecuencias de tal magnitud.
Toda acción judicial requiere de un correcto y debido proceso que a su vez compete exclusivamente a las partes involucradas, pero consideramos que la consecuencia de las acciones tomadas por el juez del tribunal, atentan también contra el derecho de libertad de creación, y por ende pone en peligro la medula espinal de nuestro oficio como realizadores.
Manifestamos nuestra solidaridad con los afectados y hacemos un llamado de atención e instamos a las instituciones y demás involucrados en el quehacer cinematográfico a luchar por la protección de la producción, distribución y exhibición de obras cinematográficas establecido en nuestra Ley de Cinematografía Nacional.
Si una medida de este tipo no es rechazada con contundencia, hoy afecta a unos y en el futuro podrá afectar a otros.
Consejo consultivo de AVEPCA
Asociación Venezolana de Productores Cinematográficos y Audiovisuales.